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Qué cambia con la segunda reforma al Poder Judicial: elección aplazada a 2028 y la Corte podrá sesionar en secciones

Qué cambia con la segunda reforma al Poder Judicial: elección aplazada a 2028 y la Corte podrá sesionar en secciones

El Diario Oficial de la Federación publicó el 2 de junio de 2026 ajustes a la reforma judicial de 2024: nueva fecha electoral, boletas simplificadas y Corte por secciones.

Foto: Julio Lopez / Unsplash

Redacción

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El Diario Oficial de la Federación publicó el 2 de junio de 2026 el decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución en materia del Poder Judicial, una segunda reforma que ajusta el modelo de elección de personas juzgadoras aprobado en 2024, aplaza al 2028 la siguiente jornada electoral judicial y modifica reglas de organización de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN); el cambio afecta el calendario de participación ciudadana y la forma en que se elegirán miles de cargos judiciales federales y locales pendientes.

Qué establece el nuevo decreto

El decreto publicado el 2 de junio de 2026 entró en vigor al día siguiente de su publicación y modifica el sistema de elección popular de personas juzgadoras mediante la reconfiguración de la Corte para que funcione en secciones, la reducción y depuración de candidaturas con criterios de paridad, y el diferimiento de la jornada electoral al año 20281.

Según el despacho Pérez Correa González, la reforma no sustituye por completo el modelo aprobado en 2024, sino que precisa cómo deberán organizarse las siguientes elecciones judiciales, especialmente la de 20282. La norma también autoriza que la Suprema Corte de Justicia de la Nación funcione en Pleno y, con aprobación del propio Pleno, también en dos secciones.

Lo que hay que saber

  • Fecha de publicación

    El decreto se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 2 de junio de 2026.

  • Nueva jornada electoral

    La elección judicial federal y local se aplazó al primer domingo de junio de 2028.

  • Cargos pendientes

    Se elegirían 4 mil 108 cargos del Poder Judicial Federal y del Poder Judicial Local de 25 entidades.

  • Plazos legislativos

    El Congreso de la Unión tiene 90 días naturales para adecuar las leyes secundarias.

Qué cambia con la segunda reforma al Poder Judicial: elección aplazada a 2028 y la Corte podrá sesionar en secciones
Foto: Julio Lopez / Unsplash

Por qué se aplazó la elección

La propuesta de reprogramar la elección judicial partió de la Consejería Jurídica de la Presidencia. Su titular, Luisa María Alcalde Luján, planteó reprogramar la elección judicial del 6 de junio de 2027 al 4 de junio de 2028, tanto a nivel federal como local3.

De acuerdo con el medio Milenio, funcionarios del Instituto Nacional Electoral (INE) advirtieron posibles problemas de organización debido a la cantidad de puestos que se elegirían, así como altos costos por desplegar dos tipos de casillas al mismo tiempo y conflictos de desplazamiento para los votantes4. Por ello, el Poder Ejecutivo envió una reforma al Congreso de la Unión para aplazar las elecciones de 2027 a 2028 y combinarlas con la consulta de Revocación de Mandato.

Con el calendario ya aprobado y publicado, en la elección de 2025 se habían elegido 881 cargos del Poder Judicial Federal, entre ellos 9 ministros y ministras de la SCJN, 2 magistraturas de la Sala Superior del Tribunal Electoral y 15 magistraturas de las Salas Regionales del Tribunal Electoral, además de juzgados locales en 12 entidades3.

Esta es la propuesta que estamos haciendo, como ven, es mover la elección del Poder Judicial del 2027 al 2028, en caso de que haya revocación de mandato en el 2028 se hace el mismo día y en la misma casilla.

Claudia Sheinbaum, presidenta de México, en su conferencia matutina del 18 de mayo de 2026

Advertencias desde el Tribunal Electoral

No todas las voces institucionales coinciden en que los ajustes sean suficientes. El magistrado de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), Felipe de la Mata Pizaña, planteó la urgencia de mejorar la reforma judicial de cara a las elecciones de juzgadores, y alertó sobre el riesgo de enfrentar la que llamó "la tormenta perfecta" si estos comicios llegaran a coincidir con elecciones políticas de legisladores federales y gobernadores estatales5.

De la Mata Pizaña señaló que se debe revisar la reforma judicial en varios temas, como las reglas en torno a campañas electorales, boletas de votación, fiscalización, capacitación, geografía electoral, así como los requisitos de selección de candidatos, calificados como confusos5. Además advirtió sobre el "peligro alto de impugnaciones por rompimiento a los principios de equidad", sin descartar la posible nulidad de más de una elección.

hay peligro alto de impugnaciones por rompimiento a los principios de equidad y hay que recordarlo también, no estoy diciendo que vaya a pasar, la nulidad de más de una elección

Felipe de la Mata Pizaña, magistrado de la Sala Superior del TEPJF

Qué cambia para las candidaturas y las boletas

Uno de los objetivos declarados de la reforma es simplificar el proceso frente a la experiencia de 2025. El cambio busca evitar boletas saturadas, de manera que haya dos candidaturas propuestas por cada poder para cada especialidad3, además de crear una Comisión Coordinadora que homologue criterios entre los Comités de Evaluación de los tres poderes.

El despacho HG Abogados detalla que la presidencia de la Corte ya no será por periodos fijos, sino que se renovará cada dos años de manera rotatoria, correspondiendo el cargo a quien haya alcanzado el mayor número de votos en la elección judicial respectiva6. La reforma tampoco es exclusiva de la Federación: los Poderes Judiciales locales de los estados y de la Ciudad de México deberán sujetarse a las mismas bases establecidas a nivel federal.

  • La Suprema Corte podrá sesionar en Pleno o en dos secciones, previa aprobación del propio Pleno.
  • La jornada electoral judicial federal y local se unifica para el primer domingo de junio de 2028.
  • Los magistrados del Tribunal Electoral en funciones permanecerán en su encargo hasta 2028, pudiendo reelegirse.
  • Las entidades federativas tienen 60 días naturales para adecuar sus constituciones locales y 90 días para las leyes locales.
Qué cambia con la segunda reforma al Poder Judicial: elección aplazada a 2028 y la Corte podrá sesionar en secciones (imagen adicional)
Ilustración generada con IA

Antecedente: la reforma de 2024

El decreto de 2026 se inserta en un proceso que comenzó con la reforma constitucional publicada en el Diario Oficial de la Federación el 15 de septiembre de 2024, firmada por el entonces presidente Andrés Manuel López Obrador, que estableció la elección de ministros, magistrados y jueces mediante voto ciudadano7. Esa reforma fue aprobada en la Cámara de Diputados con 357 votos a favor y 130 en contra, y en el Senado con 86 votos a favor y 41 en contra.

La organización WOLA ha señalado que lo que no se espera como resultado de las elecciones judiciales en México son avances contra problemas tan centrales como la impunidad, entre otras razones porque la impunidad por los delitos reportados por la población ocurre principalmente en la etapa de investigación de las fiscalías, un aspecto que la reforma judicial no aborda8.

Qué sigue

Con el decreto ya vigente, el siguiente paso corresponde al Congreso de la Unión, que cuenta con 90 días naturales para realizar las adecuaciones a las leyes secundarias, mientras las entidades federativas deben ajustar sus marcos locales en los plazos ya fijados6. El calendario apunta ahora al domingo 4 de junio de 2028 como la fecha en que se definirá la renovación total de los cargos judiciales federales y locales pendientes4.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo será la próxima elección judicial en México?

De acuerdo con el decreto publicado el 2 de junio de 2026, la elección judicial federal y local se aplazó del 6 de junio de 2027 al domingo 4 de junio de 2028, coincidiendo con la consulta de Revocación de Mandato.

¿Qué cambia en la organización de la Suprema Corte con la reforma de 2026?

La reforma autoriza que la Suprema Corte de Justicia de la Nación funcione en Pleno y, con aprobación del propio Pleno, también en dos secciones, además de que la presidencia de la Corte se renovará cada dos años de manera rotatoria según los votos obtenidos en la elección judicial.

¿Cuántos cargos judiciales se elegirán en la próxima jornada?

Según cálculos citados por la Consejería Jurídica de la Presidencia, en la siguiente elección judicial se elegirían 4 mil 108 cargos del Poder Judicial Federal y del Poder Judicial Local de 25 entidades.

¿Qué riesgos ha señalado el Tribunal Electoral sobre el proceso?

El magistrado Felipe de la Mata Pizaña, de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, advirtió sobre reglas confusas en campañas, boletas y requisitos de selección de candidatos, así como riesgo de impugnaciones y eventual nulidad de alguna elección si coincide con comicios políticos ordinarios.

Fuentes

  1. Tirant Prime México
  2. Pérez Correa González
  3. Verificado.com.mx
  4. Milenio
  5. Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación
  6. HG Abogados
  7. Wikipedia - 2024 Mexican judicial reform
  8. WOLA

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