El sistema de tribunales en México —desde la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) hasta los juzgados locales— es la vía institucional para resolver conflictos civiles, penales, laborales y familiares, y su funcionamiento cambió de forma significativa tras la reforma judicial impulsada por el Ejecutivo. El 2 de junio de 2026 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) un decreto que ajusta el modelo de elección de jueces y magistrados aprobado en 2024, pospone la siguiente elección judicial y modifica la estructura interna de la SCJN, cambios que inciden directamente en cómo la ciudadanía puede acceder a la justicia y dar seguimiento a sus asuntos legales.12
Qué instituciones integran el Poder Judicial
En México, el poder público se organiza en tres ramas —Ejecutivo, Legislativo y Judicial— para mantener un equilibrio institucional. El Poder Judicial es el encargado de interpretar las leyes y resolver controversias, y se compone de varios niveles: la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la cúspide, y por debajo de ella los Tribunales Colegiados de Circuito, los Tribunales Colegiados de Apelación y los Juzgados de Distrito, cada uno especializado según el tipo de asunto —civil, penal o laboral— o según la zona geográfica que atienden.3
A nivel local, cada entidad cuenta con su propio Tribunal Superior de Justicia, que resuelve los conflictos familiares, civiles y penales que no son competencia federal. En la Ciudad de México, por ejemplo, el Tribunal Superior de Justicia (TSJCDMX) opera junto con el Tribunal de Disciplina Judicial, un órgano creado tras la reforma de 2024 para supervisar la actuación de juezas y jueces.

La reforma de 2024 y la elección popular de jueces
En 2024, el Congreso aprobó una reforma constitucional que introdujo un mecanismo inédito: la elección por voto popular de ministros de la Suprema Corte, magistrados de circuito y jueces de distrito. Con ello, México se convirtió en el primer país en tener elecciones para todos los jueces, una medida impulsada por la coalición gobernante encabezada por Morena con el objetivo declarado de eliminar la corrupción en el Poder Judicial.4
La primera elección judicial se realizó el 1 de junio de 2025 y renovó, entre otros cargos, a los nueve ministros de la Suprema Corte, cinco integrantes del Tribunal de Disciplina Judicial, 464 magistraturas de circuito y 386 juzgados de distrito. Fue, según registros de esa contienda, la primera elección judicial en la historia de México y la primera en el mundo en que todos los jueces nacionales fueron electos por voto popular, aunque con una participación baja: la asistencia a las urnas fue de apenas 13.02%.
La reforma también estableció la posibilidad de que operen "jueces sin rostro" en ciertos casos y creó un tribunal específico de disciplina y rendición de cuentas para el propio Poder Judicial, al tiempo que redujo de forma significativa las prestaciones y salarios que antes recibían integrantes del Poder Judicial.4
Qué ajustó el decreto del 2 de junio de 2026
Casi dos años después de la reforma original, el 2 de junio de 2026 el Ejecutivo publicó en el DOF un nuevo decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución en materia de reforma al Poder Judicial, sin sustituir por completo el modelo aprobado en 2024, sino precisando cómo deberán organizarse las siguientes elecciones judiciales. El cambio más discutido es el calendario: la reforma pospone de 2027 a 2028 la elección de los cargos judiciales federales y locales que no se hubieran renovado en 2025, y establece que la jornada judicial federal y local coincidirá el primer domingo de junio de 2028.
El decreto también modificó el funcionamiento interno de la Corte: la SCJN seguirá funcionando en Pleno, pero se abre la posibilidad de que opere en secciones, es decir, divisiones internas para la resolución de asuntos. Además, se ajustaron reglas sobre comités de evaluación, distritos judiciales electorales y el manejo de vacantes y licencias judiciales.2
Un cambio con efecto directo para quienes tienen litigios en curso: el Tribunal de Disciplina Judicial evaluará durante el primer año a las magistraturas de circuito y juzgados de distrito electos, y aplicará programas permanentes de capacitación y actualización, es decir, la revisión de idoneidad de las y los juzgadores ya no ocurre únicamente antes de asumir el cargo, sino también durante su ejercicio.
El decreto de reforma judicial de 2026... confirma, con mayor claridad, lo que ya se advertía desde su aprobación: los cambios no redefinen el modelo, sino que buscan hacerlo operable, al tiempo que incrementan riesgos institucionales, políticos y jurisdiccionales.
Análisis publicado por TaxToday México
Qué dicen los organismos internacionales
La reforma judicial mexicana ha sido observada por relatorías especializadas de derechos humanos. Un análisis publicado por la propia SCJN recoge que la Relatora Especial sobre la independencia de los magistrados y abogados advirtió que la iniciativa de reforma justificó el cambio al considerar que la impunidad y ausencia de justicia se debe principalmente a la falta de independencia y del distanciamiento social de las autoridades judiciales, pero también señaló riesgos: la remoción anticipada de jueces antes de que tomen protesta quienes resulten electos podría constituir "una clara violación de la permanencia en el cargo judicial".
El mismo documento cita advertencias de que una sustitución repentina del personal judicial podría retardar la administración de justicia y por consiguiente pudiera vulnerar el derecho a un juicio justo, un punto que organizaciones civiles y académicas han seguido monitoreando conforme avanza la implementación del nuevo modelo.
Lo que hay que saber
- Fecha del decreto
Se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 2 de junio de 2026, en su edición vespertina.
- Próxima elección judicial
Se pospuso de 2027 a 2028; la jornada federal y local coincidirá el primer domingo de junio de ese año.
- Primera elección judicial
Se celebró el 1 de junio de 2025 con una participación de 13.02% del electorado.
- Cambio en la SCJN
Podrá operar en secciones o divisiones internas, además de seguir sesionando en Pleno.

Herramientas para dar seguimiento a un caso
Para la ciudadanía que tiene un asunto legal en curso, entender esta estructura importa porque cada tribunal atiende materias distintas: los juzgados de distrito y tribunales colegiados de circuito resuelven amparos y asuntos federales, mientras que los Tribunales Superiores de Justicia estatales —como el de la Ciudad de México— llevan los procesos civiles, familiares y penales del fuero común.
Varios poderes judiciales estatales han impulsado en 2026 mecanismos de acercamiento con la ciudadanía. En la Ciudad de México, por ejemplo, el Órgano de Administración Judicial ha publicado calendarios de turno de juzgados civiles, familiares y penales para garantizar la atención de casos urgentes, incluidas disposiciones específicas para el cumplimiento de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.5 En el Estado de México, el Tribunal Superior de Justicia puso en marcha el programa "Audiencias Justicia cercana" como parte de una etapa que, según sus propias autoridades, busca fortalecer el diálogo, la transparencia y la atención a la ciudadanía y al personal judicial.6
Hoy damos inicio a un Poder Judicial humano, que privilegie a los más vulnerables y fortalezca el Estado de Derecho en nuestra entidad.
Presidencia del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México, en el Palacio de Justicia












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