El 2 de junio de 2026, el Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó un decreto que reforma la Constitución en materia del Poder Judicial, un ajuste a la reforma judicial de 2024 que pospone la siguiente elección de jueces, magistrados y ministros de 2027 a 2028, y que autoriza a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) a sesionar en secciones. El cambio, que entró en vigor al día siguiente de su publicación, afecta directamente el calendario en que la ciudadanía volverá a votar por cargos judiciales y modifica reglas de organización interna del máximo tribunal del país.12
Qué cambia la reforma
La reforma constitucional publicada en el DOF establece, entre sus principales modificaciones, la reconfiguración de la Corte para que funcione en secciones, la reducción y depuración de candidaturas con criterios de paridad y el diferimiento de la jornada electoral judicial al año 2028, además de un mandato de homologación estricta del texto constitucional en los poderes judiciales locales.1
Según el análisis del despacho Pérez Correa González, el documento no sustituye por completo el modelo aprobado en 2024, sino que precisa cómo deberán organizarse las siguientes elecciones judiciales, especialmente la de 2028.2
Lo que hay que saber
- Fecha de publicación
El decreto se publicó en el DOF el 2 de junio de 2026 y entró en vigor al día siguiente.
- Nueva jornada electoral
La elección judicial federal y local coincidirá el primer domingo de junio de 2028, en lugar de 2027.
- Suprema Corte en secciones
La SCJN podrá funcionar en Pleno y, con aprobación del propio Pleno, también en dos secciones.
- Vacantes
En caso de muerte, renuncia, destitución o ausencia definitiva de una persona juzgadora, el órgano de administración judicial declarará la vacante para renovarla en la siguiente elección aplicable.

El antecedente: la reforma de 2024
Esta modificación se suma a la reforma constitucional al Poder Judicial de la Federación publicada originalmente el 15 de septiembre de 2024, que reformó, adicionó y derogó disposiciones de los artículos 17, 20, 76, 89, 94 y otros de la Constitución, y que introdujo la elección popular de ministros de la Suprema Corte, magistrados y jueces.3
Aquella reforma también creó el Tribunal de Disciplina Judicial, encargado de la supervisión, disciplina y sanción de las personas servidoras públicas del Poder Judicial de la Federación, así como el Órgano de Administración Judicial, responsable de la administración de recursos y la carrera judicial.3
La primera elección judicial bajo ese nuevo esquema se realizó en junio de 2025 y fue calificada como un proceso inédito en el país, donde la ciudadanía eligió por voto popular a jueces, magistrados y ministros; quienes resultaron ganadores asumieron sus cargos el 1 de septiembre de 2025.45
Por qué se aplazó la siguiente elección
De acuerdo con reportes previos a la publicación del decreto, la presidenta Claudia Sheinbaum envió al Senado una iniciativa de reforma constitucional para modificar el calendario aprobado originalmente en 2024, luego de la primera elección judicial de junio de 2025.5
El nuevo modelo también contempla ajustes en la integración de la Corte: la propuesta reduciría el número de ministros de la Suprema Corte de 11 a 9 integrantes, un cambio que se enmarca en la reorganización operativa aprobada este año.5

Resoluciones recientes de la nueva Corte
La integración renovada de la SCJN, en funciones desde septiembre de 2025, ya ha emitido decisiones con impacto directo en derechos de las personas. Entre finales de 2025 y abril de 2026, el Pleno determinó que el bloqueo de cuentas bancarias realizado por la Unidad de Inteligencia Financiera solo es constitucional si existe una solicitud expresa y documentada de un organismo internacional o autoridad extranjera con facultades de investigación.4
La Corte también resolvió que el Ministerio Público no puede mantener congelada una cuenta de forma indefinida sin judicializar la carpeta de investigación, y declaró constitucional el decreto que limita el incremento anual de rentas de vivienda en la Ciudad de México al nivel de la inflación reportada por el Banco de México.4
Qué sigue
Con la reforma ya en vigor, el siguiente paso del calendario institucional es la elección judicial de 2028, que renovará los cargos federales y locales que no se hubieran renovado en el proceso de 2025. Organizaciones civiles y especialistas en derecho constitucional seguirán observando cómo los Comités de Evaluación de cada Poder de la Unión examinan y evalúan a las candidaturas, y cómo el Tribunal de Disciplina Judicial aplica sus facultades de capacitación y evaluación sobre las magistraturas y juzgados ya electos.26













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