La reforma constitucional en materia judicial promovida por la presidenta Claudia Sheinbaum entró en vigor el 3 de junio de 2026, tras su publicación en el Diario Oficial de la Federación, y pospone hasta el 4 de junio de 2028 la elección de cargos judiciales federales y locales que no se renovaron en los comicios de 2025, en un ajuste que el gobierno federal presenta como una medida para ordenar el calendario electoral pero que organizaciones y analistas jurídicos advierten que abre nuevas preguntas sobre la integración del Poder Judicial.
Qué cambia el decreto
El Congreso de la Unión aprobó la iniciativa de reforma constitucional a finales de mayo de 2026, luego de una sesión que se extendió por más de un día en la Cámara de Diputados.1 El texto fue publicado el 2 de junio en el Diario Oficial de la Federación y entró en vigor al día siguiente.3
El cambio central es el calendario: la elección judicial prevista para 2027 se traslada al 4 de junio de 2028, con el objetivo declarado de separarla de la elección ordinaria intermedia.2 Según despachos jurídicos que analizaron el decreto, la reforma no sustituye el modelo aprobado en 2024 —que estableció la elección popular de jueces y magistrados—, sino que precisa cómo deberán organizarse los siguientes comicios judiciales.3
El decreto también autoriza que la Suprema Corte de Justicia de la Nación funcione, además de en Pleno, en dos secciones, previa aprobación del propio Pleno, una modificación operativa que podría afectar los tiempos de resolución de asuntos.3

Votos a favor y en contra
La reforma fue aprobada con el respaldo de Morena y sus aliados legislativos, el PT y el PVEM, mientras que PAN, PRI y Movimiento Ciudadano votaron en contra.2 La consejera jurídica de la Presidencia, Luisa María Alcalde, presentó los puntos centrales de la ley durante la conferencia matutina del 3 de junio en Palacio Nacional.
De acuerdo con la funcionaria, entre los objetivos declarados de la reforma está facilitar los comicios para la ciudadanía mediante la reducción del número de candidaturas en boleta y la simplificación de su diseño.2
Lo que hay que saber
- Fecha de publicación
El decreto se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 2 de junio de 2026.
- Entrada en vigor
La ley entró en vigor el 3 de junio de 2026.
- Nueva fecha de elección judicial
Los cargos judiciales pendientes se elegirán el 4 de junio de 2028.
- Votación en el Congreso
Morena, PT y PVEM votaron a favor; PAN, PRI y Movimiento Ciudadano votaron en contra.
Riesgos institucionales señalados por especialistas
Análisis jurídicos publicados tras la entrada en vigor del decreto advierten que la reforma coincide con otros dos decretos que introducen una nueva causal de nulidad de elecciones y un mecanismo de verificación de candidaturas, lo que en conjunto redefine el entorno político-electoral en el que operará el Poder Judicial.4
Uno de estos análisis plantea que el aplazamiento de la elección judicial "solo tendría sentido si el tiempo adicional se destinara a corregir las deficiencias de fondo del modelo actual", algo que —según ese mismo documento— la reforma no garantiza por sí sola.4 También se señala el riesgo de que la elección judicial coincida con un eventual ejercicio de revocación de mandato, lo que podría politizar un proceso pensado como mecanismo distinto de participación ciudadana.
Ese aplazamiento solo tendría sentido si el tiempo adicional se destinara a corregir las deficiencias de fondo del modelo actual, algo que la reforma no garantiza.
Análisis jurídico publicado por TaxToday México
Qué sigue para jueces, litigantes y ciudadanía
Para las personas litigantes y las partes en procesos judiciales, el cambio más inmediato es la posibilidad de que la Suprema Corte resuelva asuntos en dos secciones en lugar de exclusivamente en Pleno, lo que en teoría podría acelerar la resolución de causas, aunque su efecto real dependerá de las reglas secundarias que aún deben definirse.3
Especialistas recomiendan dar seguimiento a la integración de tribunales, las adscripciones de jueces y magistrados, y las reglas operativas que se publiquen en los próximos meses, ya que de ellas dependerá el impacto práctico en los tiempos de resolución de litigios y en la transición hacia la elección judicial de 2028.3
El decreto se inserta, además, en un paquete más amplio de reformas electorales aprobadas en el mismo periodo extraordinario de sesiones, que incluyó la creación de una comisión para prevenir la postulación de personas vinculadas a organizaciones criminales y reglas para anular elecciones por injerencia extranjera.5
- Publicación del decreto en el DOF: 2 de junio de 2026
- Entrada en vigor: 3 de junio de 2026
- Nueva elección judicial: 4 de junio de 2028
- Pendiente: reglas secundarias sobre adscripciones y funcionamiento de la Corte en secciones













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