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Un juez federal declara inconstitucional parte de la reforma judicial por violar el debido proceso

Un juzgado de Jalisco concedió un amparo contra la reforma judicial de 2024; la CIDH ya emplazó al Estado mexicano por el cese de jueces sin audiencia.

Foto: Carlos Aguilar / Unsplash

El Expediente

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Casi dos años después de que entrara en vigor la reforma al Poder Judicial impulsada por el expresidente Andrés Manuel López Obrador, el juez Séptimo de Distrito en materia Administrativa en Jalisco, Agustín Archundia Ortiz, notificó una resolución que declara inconstitucionales varias de sus disposiciones centrales, al considerar que el Congreso excedió sus facultades al imponer la elección popular de jueces, magistrados y ministros y violó garantías de debido proceso. La sentencia, fechada el 31 de julio de 2026 y notificada el 17 de agosto, no anula la reforma a nivel nacional ni revoca las elecciones judiciales ya realizadas, pero abre una disputa jurídica inédita sobre los límites del Poder Reformador y reaviva el debate sobre cómo se removió a miles de juzgadoras y juzgadores de carrera sin procedimientos que garantizaran su derecho de audiencia.

Qué resolvió el juzgado de Jalisco

El fallo, dado a conocer por Proceso, documenta que [el juez Agustín Archundia Ortiz concedió un amparo para impedir que diversas disposiciones de la reforma judicial de 2024 sean aplicadas en perjuicio de tres promoventes](index=13-3)1. La resolución no tiene efectos generales: [la sentencia únicamente beneficia a la quejosa, Claudia Lissette Montaño Mendoza, secretaria de acuerdos del Cuarto Tribunal Colegiado en materia Civil en el Estado de México, con sede en Toluca](index=12-7), quien antes fue secretaria de estudio y cuenta en la ponencia del ministro en retiro Jorge Mario Pardo Rebolledo2.

El juzgador determinó que el Congreso de la Unión incurrió en violaciones al proceso legislativo al aprobar la reforma de 2024 y que se excedió en sus facultades como reformador de la Constitución2. [El fallo no anuló el decreto para todo México, no revocó las elecciones judiciales ni destituyó a las personas juzgadoras electas](index=13-4)1, por lo que su alcance práctico queda limitado al caso concreto, aunque sienta un precedente que otros litigantes podrían invocar por la vía del amparo.

Un juez federal declara inconstitucional parte de la reforma judicial por violar el debido proceso
Foto: Carlos Aguilar / Unsplash

El reclamo ante la CIDH

El cuestionamiento al debido proceso no se limita a los tribunales mexicanos. [El Estado mexicano ha sido formalmente emplazado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) para atender la petición de al menos 65 personas juzgadoras mexicanas que acusan al oficialismo de cometer violaciones graves a derechos humanos mediante la reforma judicial](index=14-2)3. Según la organización que documentó el caso, [la reforma, con su sola entrada en vigor, eliminó el modelo de carrera judicial construido durante décadas y provocó el cese masivo de personas juzgadoras, estimado en al menos seis mil casos, sin procedimientos que garantizaran debido proceso, derecho de audiencia o defensa](index=14-4).

Aunque [la decisión de la CIDH no implica aún un pronunciamiento que condene a México, sí representa un paso clave](index=14-1), pues la Comisión consideró que la petición cumple con los requisitos exigidos por la Convención Americana para su análisis3. De avanzar, el caso podría derivar en una declaración de responsabilidad internacional del Estado mexicano por violaciones a la independencia judicial, derechos laborales e integridad electoral.

La Comisión consideró que la petición cumple con los requisitos exigidos por la Convención Americana para su análisis

Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH)

Capacitación pendiente en los nuevos juzgados

A la disputa jurídica se suma un problema operativo señalado por litigantes: la renovación parcial del Poder Judicial dejó a juzgadores sin experiencia suficiente conviviendo con perfiles de carrera. [La reforma al artículo 94 constitucional abrió una nueva etapa para el Poder Judicial, pero también dejó al descubierto deficiencias estructurales que amenazan con comprometer la calidad de la impartición de justicia](index=15-1)4, de acuerdo con litigantes consultados en Tamaulipas.

El abogado Fausto Villarreal García explicó que [el relevo dentro del Poder Judicial no fue total, sino parcial](index=15-5), lo que generó la coexistencia entre perfiles con amplia trayectoria y otros sin la experiencia necesaria para asumir responsabilidades jurisdiccionales de alta complejidad4.

La reforma judicial no fue un cambio total de juzgadores, fue del 50%

Fausto Villarreal García, litigante
Un juez federal declara inconstitucional parte de la reforma judicial por violar el debido proceso (imagen adicional)
Ilustración generada con IA

El costo en certeza jurídica, según el sector empresarial

El Monitor Judicial de Data Coparmex ofrece una primera medición del impacto económico de esta incertidumbre: advierte que [la desconfianza y la falta de certeza legal ya influyen en la planeación, expansión y desarrollo de las empresas](index=17-1)5. La organización empresarial insistió en que toda actuación de la autoridad debe conducirse con estricto apego a la ley, respeto al debido proceso y plena garantía del derecho, al reportar que dos de cada tres empresas han congelado inversiones por la reforma judicial.

Lo que hay que saber

  • Alcance del amparo

    La sentencia de Jalisco solo protege a la quejosa Claudia Lissette Montaño Mendoza; no deroga la reforma a nivel nacional.

  • Cifra en disputa ante la CIDH

    Al menos 65 juzgadoras y juzgadores mexicanos presentaron la petición internacional, que documenta hasta 6,000 ceses sin audiencia previa.

  • Fecha clave

    El fallo del juez Archundia Ortiz se dictó el 31 de julio de 2026 y fue notificado el 17 de agosto.

  • Impacto económico reportado

    Coparmex documentó que dos de cada tres empresas han congelado inversiones citando falta de certeza jurídica.

Preguntas frecuentes

¿La sentencia del juez de Jalisco anula la reforma judicial en todo México?

No. La resolución del juez Agustín Archundia Ortiz solo protege a la quejosa que promovió el amparo, Claudia Lissette Montaño Mendoza; no deja sin efecto el decreto a nivel nacional ni revoca las elecciones judiciales ya celebradas.

¿Qué pide la petición presentada ante la CIDH?

Al menos 65 personas juzgadoras mexicanas piden a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos que declare que la reforma judicial de 2024 violó, entre otros derechos, la independencia judicial y el debido proceso al remover de forma masiva a juzgadores sin audiencia previa.

¿Qué es el debido proceso en este contexto?

Es la garantía de que ninguna persona —incluidas juezas y jueces de carrera— pierda un derecho o un cargo sin antes ser escuchada y sin seguirse un procedimiento apegado a la Constitución y a los tratados internacionales de derechos humanos de los que México es parte.

Fuentes

  1. Proceso
  2. Proceso
  3. Capital México
  4. Noticias PC
  5. El Siglo de Torreón

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