A poco más de un año de que entrara en vigor la reforma constitucional que transformó al Poder Judicial mexicano, un juzgado federal resolvió que el mecanismo de elección popular de jueces, magistrados y ministros es inconstitucional, aunque el efecto de la sentencia se limita a una sola persona: Claudia Lissette Montaño Mendoza, secretaria de acuerdos del Cuarto Tribunal Colegiado en materia Civil en el Estado de México, con sede en Toluca.1 El fallo se suma a un año marcado por ajustes presupuestales, nuevos órganos disciplinarios y una demanda ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos que busca revertir la reforma.
Qué resolvió el juzgado
La resolución, emitida en un juicio de amparo, ordena que la reforma judicial deje de aplicarse específicamente a la quejosa, quien previamente se desempeñó como secretaria de estudio y cuenta en la ponencia del ministro en retiro Jorge Mario Pardo Rebolledo.1 Es decir, el efecto jurídico del amparo —conocido como principio de relatividad de las sentencias— no anula la reforma para el resto del sistema judicial, sino que protege únicamente a la persona que promovió el juicio.
En el fondo del asunto, la sentencia argumenta que someter la designación de personas juzgadoras al voto popular las expone a presiones ajenas a la función jurisdiccional.1 Ese razonamiento retoma un debate que especialistas en derecho constitucional han planteado desde la aprobación de la reforma en 2024: si la elección directa de jueces por voto ciudadano compromete la independencia técnica del cargo.
Al someter la designación al voto popular, los juzgadores quedan expuestos a las dinámicas, presiones y compromisos propios de las campañas políticas. Esto compromete su imparcialidad técnica y su capacidad para resolver conforme a derecho.
Sentencia del juzgado de amparo citada por Proceso

Un año de operación del nuevo modelo
La reforma constitucional en materia judicial fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 15 de septiembre de 2024, tras ser aprobada por 357 votos a favor en la Cámara de Diputados y 86 en el Senado. El cambio más visible fue que, por primera vez en la historia del país, ministros de la Suprema Corte, magistrados y jueces federales y locales se eligieron mediante voto popular, un proceso que se llevó a cabo el 1 de junio de 2025 y en el que participaron 13 millones de personas para elegir a 2,681 juzgadores.2
A un año de la instalación del nuevo Poder Judicial, gobiernos estatales como el de Michoacán han destacado avances en la descentralización de la impartición de justicia. El gobernador Alfredo Ramírez Bedolla señaló que el estado ya cuenta con 16 salas regionales de segunda instancia distribuidas en siete regiones judiciales.3 En el ámbito federal, la magistrada presidenta del Tribunal de Disciplina Judicial presentó en enero su primer informe de labores al frente del organismo que absorbió funciones del extinto Consejo de la Judicatura Federal.4
Presupuesto y ajustes internos
El nuevo Poder Judicial también ha enfrentado tensiones presupuestales. Para 2026, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público proyectó un presupuesto de 85 mil 960.2 millones de pesos para el Poder Judicial, un incremento del 17% respecto a 2025, mientras que a la Suprema Corte de Justicia de la Nación se le aprobaron 5,869,743,404 pesos, un alza del 12.7% nominal.5 La ministra Lenia Batres Guadarrama calificó ese anteproyecto de gasto como "demasiado oneroso" al considerar que incluía gastos innecesarios para la nueva estructura judicial.
Por su parte, el ministro presidente de la Corte, Hugo Aguilar Ortiz, informó que el órgano de administración analizaba ajustes en el funcionamiento del tribunal, incluida la posibilidad de reducir el salario de los nueve integrantes del pleno.5

Escrutinio internacional y debate legislativo
La reforma también ha quedado bajo revisión de organismos internacionales. La Corte Interamericana de Derechos Humanos admitió a trámite una demanda orientada a revertir la reforma al Poder Judicial mexicano.6 Especialistas como la profesora del ITESO Azul Aguiar han sostenido que el proceso "viola normas específicas de tratados internacionales y convenciones de las que México es parte", entre ellas la Convención Interamericana de Derechos Humanos.7
En el plano legislativo, diputados y senadores de Morena presentaron una iniciativa para reformar los artículos 76, 94, 95, 96, 97, 98, 99, 100, 116 y 122 de la Constitución en materia de elección de cargos del Poder Judicial, mientras que la oposición, encabezada por el PAN y el PRI, ha elevado el tono para proponer revertir por completo la reforma.6
Lo que hay que saber
- Origen de la reforma
Fue aprobada y publicada el 15 de septiembre de 2024, impulsada durante el sexenio de Andrés Manuel López Obrador.
- Elección histórica
El 1 de junio de 2025, 13 millones de electores eligieron a 2,681 juzgadores federales y estatales.
- Efecto del amparo reciente
La sentencia que declara inconstitucional el mecanismo solo protege a la quejosa en Toluca, no deroga la reforma.
- Presupuesto 2026
El Poder Judicial contará con 85,960.2 millones de pesos, 17% más que en 2025.
- Revisión internacional
La Corte Interamericana de Derechos Humanos admitió a trámite una demanda para revertir la reforma.













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