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Reforma constitucional pospone a 2028 la elección judicial pendiente y redefine reglas de la SCJN

El DOF publicó el 2 de junio de 2026 una reforma que aplaza la elección judicial de 2027 a 2028 y ajusta el funcionamiento de la Suprema Corte.

Foto: Bhargava Marripati / Unsplash

El Expediente

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El 2 de junio de 2026, el Diario Oficial de la Federación publicó un decreto que reforma la Constitución en materia de Poder Judicial y que pospone de 2027 a 2028 la elección de cargos judiciales federales y locales que no se renovaron en los comicios de 2025, un cambio que redefine el calendario de acceso a la justicia electoral y deja pendiente, por dos años más, la renovación completa de jueces y magistrados que surgieron del proceso iniciado con la reforma judicial de 2024.

Qué cambió en la Constitución

La reforma publicada en el DOF no sustituye el modelo de elección de jueces y magistrados por voto popular aprobado en 2024, sino que precisa cómo deberán organizarse las siguientes elecciones judiciales, en particular la de 20281. El cambio más señalado es el aplazamiento: la reforma pospone de 2027 a 2028 la elección de los cargos judiciales federales y locales que no se hubieran renovado en la elección de 2025, y establece que la jornada judicial federal y local coincidirá el primer domingo de junio de 2028.

El decreto también modifica el funcionamiento interno del máximo tribunal del país: la reforma autoriza que la Suprema Corte de Justicia de la Nación funcione en Pleno y, con aprobación del propio Pleno, también en dos secciones1. Según el análisis del despacho Pérez Correa González, la publicación de 2026 no debe leerse como una repetición de la reforma judicial de 2024, sino como una precisión de sus reglas de operación.

Lo que hay que saber

  • Fecha de publicación

    El decreto se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 2 de junio de 2026.

  • Elección aplazada

    La elección judicial pendiente pasa de 2027 a 2028, con jornada el primer domingo de junio de ese año.

  • Órgano afectado

    La reforma habilita que la SCJN opere en Pleno o en dos secciones, previa aprobación del propio Pleno.

  • Reversibilidad

    El aplazamiento solo podría modificarse mediante una nueva reforma constitucional, aprobada por ambas cámaras y la mitad de las legislaturas estatales.

Reforma constitucional pospone a 2028 la elección judicial pendiente y redefine reglas de la SCJN
Foto: Bhargava Marripati / Unsplash

El antecedente: la reforma de 2024

El cambio de 2026 se inserta en un proceso que comenzó en 2024, cuando el Congreso aprobó la elección de jueces, magistrados y ministros por voto directo, sustituyendo el sistema de designación por el Consejo de la Judicatura Federal, órgano que fue absorbido por el nuevo Tribunal de Disciplina Judicial. Ese proceso derivó ya en la primera elección judicial de 2025, y la reforma de este año atiende específicamente los cargos que no se renovaron en esa jornada.

En el plano institucional, el Tribunal de Disciplina Judicial de la Ciudad de México advirtió que, si las personas juzgadoras vuelven a reprobar sus evaluaciones, serán retirados de sus funciones y la resolución será irrevocable e inatacable2, una muestra del tipo de controles disciplinarios que se han ido consolidando tras la reforma.

Tensión entre poderes y expedientes rezagados

El proceso de reforma ha estado marcado por fricciones entre actores políticos y judiciales. En el Senado, un legislador de Morena llamó a revisar la reforma judicial para elegir mejores perfiles como jueces, tras acusar a gobernadores de colocar personas por las que ahora están "pagando las consecuencias"2, en referencia a juzgadores señalados por su cercanía con la delincuencia organizada.

Al mismo tiempo, organizaciones civiles documentan el costo humano del rezago en los tribunales. Uno de los casos recogidos por la cobertura especializada describe cómo la madre de una menor identificada como Elisa recibió como respuesta que atender el caso de su hija resultaba humanamente imposible, debido a la carga de trabajo que tienen en el área donde por más de un año no se sustituyó al personal a cargo del expediente2. El caso ilustra cómo la reorganización institucional puede traducirse, en la práctica, en demoras que afectan directamente el acceso a la justicia de las personas usuarias.

El morenista llamó a revisar la reforma judicial para elegir mejores perfiles como jueces, tras acusar a gobernadores de colocar personas por las que ahora están "pagando las consecuencias".

Cobertura de Proceso sobre declaraciones en el Senado
Reforma constitucional pospone a 2028 la elección judicial pendiente y redefine reglas de la SCJN (imagen adicional)
Foto: Narciso Arellano / Unsplash

Qué sigue

Con el aplazamiento a 2028, el Poder Judicial Federal no elegirá magistrados y jueces en 2027, como inicialmente se había establecido tras la reforma de 2024. Esto significa que, hasta esa fecha, seguirán en funciones las personas juzgadoras que no hayan sido sustituidas por elección popular, mientras el nuevo Órgano de Administración Judicial y el Tribunal de Disciplina Judicial continúan absorbiendo funciones que antes correspondían al extinto Consejo de la Judicatura Federal.

Para la ciudadanía, el calendario aplazado implica que los mecanismos de rendición de cuentas ante el electorado sobre el desempeño judicial —una de las promesas centrales de la reforma de 2024— tardarán más en completarse, mientras persisten reportes de rezago operativo en juzgados locales que, según la documentación disponible, ya afecta la atención de casos concretos.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo se publicó la reforma que pospone la elección judicial?

El decreto se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 2 de junio de 2026 y modifica disposiciones constitucionales en materia de Poder Judicial.

¿A qué año se aplazó la elección judicial que estaba prevista para 2027?

La reforma pospone la elección de los cargos judiciales federales y locales que no se renovaron en 2025 hacia el año 2028, con jornada electoral el primer domingo de junio de ese año.

¿Cambia esta reforma el modelo de elección de jueces por voto popular aprobado en 2024?

No lo sustituye. Según el análisis disponible, la reforma de 2026 precisa las reglas de organización de la siguiente elección judicial y ajusta el funcionamiento operativo de la Suprema Corte, sin modificar el fondo del modelo de 2024.

¿Puede revertirse el aplazamiento de la elección judicial?

Solo mediante una nueva reforma constitucional, que requeriría aprobación en ambas cámaras del Congreso y de la mitad de las legislaturas estatales, por lo que se considera prácticamente irreversible dentro del sexenio actual.

Fuentes

  1. Pérez Correa González (PCGA)
  2. Proceso

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