La Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo tiene listo un proyecto de reforma a la legislación del Poder Judicial de la Federación (PJF) que, según La Jornada, propone iniciar en abril de 2027 el nuevo proceso de elección de jueces y magistrados, y empatar la consulta de revocación de mandato con la jornada electoral de 2028.1 El texto, que aún es un proyecto y no una norma vigente, modificaría cuatro leyes y redistribuiría el control del gasto entre los órganos judiciales, con efectos en cómo se organiza la justicia federal y cómo se seleccionará a quienes la imparten.
Qué es el Poder Judicial de la Federación hoy
El PJF es uno de los tres Poderes de la Unión. Está integrado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), el Tribunal de Disciplina Judicial, el Órgano de Administración Judicial (OAJ), el Tribunal Electoral, los plenos regionales, los tribunales colegiados de circuito y de apelación, y los juzgados de distrito.2
Esta estructura es resultado de la reforma constitucional publicada en el Diario Oficial de la Federación el 15 de septiembre de 2024, que sustituyó al Consejo de la Judicatura Federal por el OAJ y el Tribunal de Disciplina, e introdujo la elección por voto popular de personas juzgadoras. En el Congreso se aprobó con 357 votos a favor en la Cámara de Diputados y 86 en el Senado.
Lo que contiene el proyecto de la Consejería Jurídica
De acuerdo con la copia del proyecto de decreto a la que tuvo acceso La Jornada, se reformarían la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, la Ley de Amparo, la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y la Ley Federal de Revocación de Mandato.1
El documento también reduce el poder financiero del OAJ y otorga autonomía de gasto a los otros órganos, principalmente a la SCJN. Plantea además que la consulta de revocación de mandato se realice el primer domingo de junio del cuarto año del periodo constitucional, de forma coincidente con elecciones federales o locales.

Cómo se evaluaría a las personas aspirantes
El proyecto prevé que, dentro de los 15 días posteriores a la convocatoria, se elijan los comités de selección y una comisión coordinadora. Esta comisión verificaría requisitos de elegibilidad y fijaría criterios y metodologías homologadas de evaluación y exámenes de conocimientos, de modo que todas las personas aspirantes sean evaluadas con las mismas reglas, sin importar el Poder que las postule.1
Esa lógica coincide con la reforma constitucional de 2026 descrita por el despacho Pérez Correa González, que crea una Comisión Coordinadora para homologar criterios y señala que habrá menos candidatos y mayor depuración.
Cambios constitucionales de 2026
La reforma constitucional en materia judicial pospone de 2027 a 2028 la elección de los cargos judiciales federales y locales que no se renovaron en 2025, y fija que la jornada judicial coincida con el primer domingo de junio de 2028.3
También autoriza que la SCJN funcione en Pleno y, con aprobación del propio Pleno, en dos secciones, y establece reglas para cubrir vacantes: en cargos de circuito y distrito, la vacante se renueva en la siguiente elección aplicable; en la Corte, el Tribunal de Disciplina o el Tribunal Electoral, ocupa el cargo la persona del mismo género que quedó en segundo lugar.
- Elección judicial: pospuesta de 2027 a 2028 para los cargos no renovados en 2025.
- SCJN: podrá funcionar en Pleno y en dos secciones.
- Evaluación posterior: el Tribunal de Disciplina Judicial evaluará durante el primer año a las magistraturas de circuito y juzgados de distrito electos.

Litigio: un amparo contra la reforma de 2024
El 31 de agosto de 2026, Proceso informó que un juez federal concedió un amparo contra diversas disposiciones de la reforma judicial. Según ese medio, la sentencia protege solo a tres promoventes y no anula las elecciones ni el nuevo Poder Judicial.4
El juez argumentó que el Congreso excedió sus facultades al sustituir el sistema de designación y carrera judicial por la elección popular, y que esta puede generar presiones políticas sobre las personas juzgadoras. Conforme a la Ley de Amparo, un tribunal colegado puede intervenir en la revisión y la SCJN podría conocer planteamientos de constitucionalidad si se cumplen los requisitos de su competencia.
Límites de la información y siguientes pasos
El proyecto de la Consejería Jurídica es un documento de trabajo conocido por la copia a la que accedió un medio; en las fuentes revisadas no consta que haya sido presentado formalmente al Congreso ni aprobado. Tampoco hay información pública verificada sobre posibles modificaciones al texto.
Para la ciudadanía, los puntos a vigilar son la fecha de la convocatoria, las reglas homologadas de evaluación de aspirantes y la distribución del gasto entre la SCJN y el OAJ, que incide en cómo se financian juzgados y tribunales.
Lo que hay que saber
- Estado del proyecto
Es un proyecto de decreto de la Consejería Jurídica, no una norma vigente.
- Inicio del proceso
Se propone comenzar la elección de jueces y magistrados en abril próximo.
- Elección judicial
La reforma constitucional ubica la jornada el primer domingo de junio de 2028.
- Presupuesto
Se reduciría el poder financiero del OAJ y la SCJN tendría autonomía de gasto.













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