A poco más de un año de que México eligiera por voto popular a jueces, magistrados y ministros, el sistema de justicia enfrenta un diagnóstico que combina ajustes normativos con señales de saturación: analistas de la UNAM reportan 945 asuntos resueltos y 372 pendientes solo en el primer cuatrimestre de 2026 ante el nuevo Tribunal de Disciplina Judicial, mientras la Universidad Iberoamericana advierte que los juicios de amparo corren el riesgo de convertirse en un trámite que "procesa expedientes como si fuera una máquina"2, dejando en segundo plano la protección efectiva de derechos.
Qué cambió en 2026
El 2 de junio de 2026 se publicó en el Diario Oficial de la Federación un nuevo decreto que reforma y adiciona disposiciones constitucionales en materia judicial, modificando los artículos 35, 94, 96, 98, 100, 116 y 122 de la Constitución.1
Entre los cambios centrales, la reforma pospone de 2027 a 2028 la elección de los cargos judiciales federales y locales que no se renovaron en 2025, y fija que la jornada judicial federal y local coincidirá el primer domingo de junio de 2028.3 También autoriza que la Suprema Corte de Justicia de la Nación funcione en Pleno y, con aprobación del propio Pleno, en dos secciones, una figura distinta a las Salas que existían antes de la reforma de 2024.
El ajuste crea además una Comisión Coordinadora encargada de homologar criterios de evaluación, metodologías de selección y exámenes de conocimiento para quienes aspiren a cargos judiciales, con el propósito declarado de depurar el número de candidaturas.3 Un análisis especializado describe este paquete como "principalmente una reforma de implementación y ajuste operativo", cuyo efecto práctico se medirá en cómo se organicen las boletas, se cubran vacantes y se complete la transición hacia 2028.
Lo que hay que saber
- Decreto
Publicado en el DOF el 2 de junio de 2026, modifica siete artículos constitucionales en materia de Poder Judicial.[^1]
- Nueva fecha electoral
La elección judicial pendiente se recorre de 2027 a 2028, coincidiendo con la jornada federal y local.[^3]
- Suprema Corte
Podrá operar en Pleno y, de aprobarlo el propio Pleno, en dos secciones internas.[^3]

El diagnóstico desde la academia
En la Gaceta UNAM, difundida el 1 de octubre de 2026, se detalla que entre el 5 de enero y el 27 de abril de ese año el nuevo esquema disciplinario resolvió 945 asuntos y dejó 372 en lista de espera, con 49 retirados y 17 desechados sin resolución de fondo; el promedio de resolución de un asunto fue de 21 días a partir de que se enlista.4
En ese mismo foro, Paola Sam Aguirre, integrante de la Estación de Investigación de la Norteamérica Indígena y Diáspora (ENID) del Instituto de Investigaciones Jurídicas, señaló que "existen serias dudas sobre los efectos de la reforma en cuanto a la independencia judicial, y la profesionalización y calidad del sistema de justicia".4
Semanas antes, en noviembre de 2025, la coordinadora del Observatorio de la Universidad Iberoamericana, Ana Laura Magaloni, advirtió que el país vive el derrumbe de una arquitectura judicial que ya no funcionaba y afirmó que "la reforma profundizó la parálisis y el desamparo; hoy tenemos que reconstruir desde abajo".5
Existen serias dudas sobre los efectos de la reforma en cuanto a la independencia judicial, y la profesionalización y calidad del sistema de justicia
Paola Sam Aguirre, Estación ENID del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM
El amparo bajo presión
Un análisis reciente de la Clínica Jurídica Alaíde Foppa de la Universidad Iberoamericana, a cargo del maestro Luis Xavier Carrancá, documenta que el diseño procesal vigente puede convertir "procedimientos y formalismos en obstáculos" para que las personas obtengan una respuesta de fondo sobre sus derechos, particularmente en los juicios de amparo.2
Carrancá reconoció que existe una curva de aprendizaje derivada de los cambios recientes en el sistema de justicia, agravada por la acumulación de expedientes durante periodos de huelgas y movilizaciones dentro del Poder Judicial, lo que deja a quienes juzgan "rebasados" por el volumen de asuntos que deben resolver.2

Otros frentes del debido proceso
El rezago institucional no se limita a los tribunales ordinarios. En febrero de 2026, Proceso documentó el caso de una joven mexicana fallecida en Filipinas cuyo expediente permaneció detenido por más de un año sin que se sustituyera al personal encargado, bajo el argumento de que atender el caso resultaba "humanamente imposible" por la carga de trabajo del área responsable.6
En el plano de capacitación institucional, la Fiscalía General del Estado de Michoacán impartió en septiembre de 2026 una jornada sobre "Derechos humanos y debido proceso en el Sistema Acusatorio", en la que coincidieron autoridades y especialistas en que el debido proceso es el cimiento que legitima la procuración de justicia, con énfasis en nulidad probatoria y detención arbitraria.7
A escala internacional, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos dio seguimiento al tema: la Fundación para el Debido Proceso presentó ante ese organismo el documental "Cuando perdimos el juicio, crónica de la reforma judicial en México", que relata cómo integrantes del Poder Judicial vivieron la transformación impulsada desde 2024.5
- Resolución de 945 asuntos disciplinarios en cuatro meses, con 372 pendientes, según la UNAM.
- Advertencias de la IBERO sobre amparos convertidos en trámite formal.
- Posposición de la elección judicial de 2027 a 2028 por decreto constitucional.
- Documental presentado ante la CIDH sobre el impacto de la reforma de 2024.
Qué sigue
El calendario oficial marca 2028 como el próximo punto de referencia para completar la renovación de cargos judiciales federales y locales que no se cubrieron en la elección de 2025.3 Mientras tanto, la Comisión Coordinadora deberá definir los criterios homologados de evaluación y selección que marcarán quién puede aspirar a una candidatura judicial.
Para organizaciones académicas y de derechos humanos, el punto de partida sigue siendo el mismo: medir si la reforma reduce o profundiza el rezago que hoy describen tanto la UNAM como la IBERO, y si el debido proceso —entendido como el conjunto de garantías que protegen a cualquier persona frente al poder del Estado— se fortalece o se diluye en la operación cotidiana de juzgados y fiscalías.














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