La Legislatura del Estado de México declaró constitucional una reforma que aplaza de 2027 a 2028 la segunda elección de juezas, jueces y magistraturas de la entidad, con la que concluirá el proceso de renovación del Poder Judicial estatal iniciado en 2025. La modificación también cambia las reglas para seleccionar candidaturas, integrar las boletas y distribuir territorialmente los cargos que estarán en disputa.1
Qué decidió el Congreso mexiquense
Durante una sesión del pleno, la LXII Legislatura del Estado de México aprobó la modificación constitucional que traslada los comicios judiciales al primer domingo de junio de 2028. La propuesta fue presentada por el presidente de la Junta de Coordinación Política, Francisco Vázquez Rodríguez, integrante de Morena.1
Con este ajuste, quienes resulten electos en esa jornada rendirán protesta ante el Congreso local antes del inicio del primer periodo ordinario de sesiones, previsto para el 5 de septiembre de ese año.1

Qué cargos están en juego
La reforma establece que la presidencia del Tribunal Superior de Justicia y las magistraturas del Tribunal de Disciplina Judicial se elegirán mediante votación estatal. Las boletas deberán distinguir la especialidad de cada cargo, el poder que postuló a la aspirante o el aspirante, y su identificación territorial.1
Este proceso completará la reforma al Poder Judicial mexiquense que comenzó en 2025, cuando la reforma constitucional local —el Decreto 63, publicado el 6 de enero de ese año— determinó que ese año se elegirían los integrantes del Tribunal de Disciplina Judicial, la mitad de las magistraturas del Tribunal Superior de Justicia y los cargos vacantes o con retiro programado de juezas y jueces.2
A diferencia del proceso federal, en el Estado de México se optó por una renovación escalonada: en 2025 solo se sometieron a elección los cargos vacantes y los retiros programados de juezas y jueces, dejando el resto de las plazas para una segunda etapa que originalmente se había fijado para 2027 y que ahora se traslada a 2028.3
Lo que hay que saber
- Nueva fecha
Los comicios judiciales se realizarán el primer domingo de junio de 2028, en vez de 2027.
- Cargos en disputa
Presidencia del Tribunal Superior de Justicia y magistraturas del Tribunal de Disciplina Judicial, entre otros puestos pendientes.
- Origen del proceso
La renovación judicial mexiquense arrancó con el Decreto 63 publicado el 6 de enero de 2025 en la Gaceta del Gobierno.
- Toma de protesta
Las personas electas rendirán protesta ante el Congreso antes del 5 de septiembre de 2028.
El antecedente: la elección de 2025
El proceso de transformación del Poder Judicial estatal se dio en el contexto de la reforma judicial federal, aprobada por el Congreso de la Unión el 11 de septiembre de 2024, que estableció que todas las personas integrantes del Poder Judicial de la Federación fueran elegidas por voto popular y que separó al Consejo de la Judicatura Federal en dos órganos, uno administrativo y otro disciplinario.4
A nivel estatal, el Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) organizó en 2025 el Proceso Electoral Judicial Extraordinario, en el que se eligieron los integrantes del Tribunal de Disciplina Judicial, la mitad de las magistraturas del Tribunal Superior de Justicia y las vacantes de juzgados, conforme al transitorio Tercero del Decreto 63.2
De acuerdo con la convocatoria pública emitida para ese proceso, las magistraturas del Tribunal de Disciplina Judicial se eligieron por periodos distintos: tres personas concluirán su encargo en 2030 y dos en 2033, según el número de votos obtenido por cada candidatura y observando el principio de paridad de género.5

Qué sigue
Con el aplazamiento aprobado, el Órgano de Administración Judicial y el Instituto Electoral del Estado de México deberán ajustar sus calendarios y criterios para la siguiente etapa, que incluirá la elección directa de la presidencia del Tribunal Superior de Justicia y de las magistraturas de Disciplina Judicial pendientes, además de definir cómo se distribuirán territorialmente los cargos en las boletas de 2028.1
La modificación no altera lo ya resuelto en 2025, cuando quedaron definidas las personas juzgadoras electas para el Tribunal de Disciplina Judicial y para la mitad de las magistraturas del Tribunal Superior de Justicia, cuyos periodos de encargo siguen vigentes conforme a lo aprobado en aquella convocatoria.5













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