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Debido proceso en México: qué dicen la Constitución y las instituciones, y cómo se aplica en 2026

El debido proceso se capacita en fiscalías, se reglamenta en tribunales y se vigila por la CNDH. Un repaso de los documentos públicos recientes y sus límites.

Foto: Luis Caroca / Unsplash

El Expediente

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El debido proceso —el conjunto de condiciones y requisitos jurídicos y procesales necesarios para afectar legalmente los derechos de una persona— se encuentra en los artículos 14, 16 y 20 apartado B de la Constitución y en el Código Nacional de Procedimientos Penales. En octubre de 2026 aparece en tres frentes documentados: capacitación en fiscalías estatales, normas internas de tribunales locales y recomendaciones de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH). Esta nota reúne lo que esos documentos establecen y lo que no permiten afirmar.

Qué es y dónde está regulado

Un texto académico define el debido proceso legal como el conjunto de condiciones y requisitos de carácter jurídico y procesal necesarios para poder afectar legalmente los derechos de los gobernados.1 También se le conoce como garantía de defensa y está prevista en el párrafo segundo del artículo 14 constitucional.

Una publicación jurídica lo ubica además en los artículos 16 y 20 apartado B de la Constitución, en el Código Nacional de Procedimientos Penales y en el numeral 8.1 de la Convención Americana, aplicada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos.2 El mismo texto señala que debe garantizarse para toda persona procesada, indiciada, vinculada o sentenciada.

Capacitación en la Fiscalía de Michoacán

El 19 de septiembre de 2026, en Morelia, la Fiscalía General del Estado de Michoacán (FGE) realizó la capacitación «Derechos humanos y debido proceso en el Sistema Acusatorio». Según el reporte publicado por IMNMéxico, autoridades y asistentes coincidieron en que el debido proceso es el cimiento que legitima la procuración de justicia.3

La actividad formó parte de las jornadas del Instituto de Capacitación y Servicio Profesional de Carrera de la FGE. Su objetivo fue dar herramientas prácticas mediante el análisis de casos reales sobre nulidad probatoria (cuando una prueba obtenida sin respetar las reglas no puede usarse) y detención arbitraria. Fue impartida a integrantes de la Tríada Investigadora y a personal administrativo.

Debido proceso en México: qué dicen la Constitución y las instituciones, y cómo se aplica en 2026
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Normas internas en el Poder Judicial de la CDMX

El 13 de octubre de 2026, el Órgano de Administración Judicial del Poder Judicial de la Ciudad de México publicó dos circulares. La OAJPJCDMX-50/2026 comunica la aprobación del Reglamento Interno del Instituto de Servicios Periciales y Ciencias Forenses del Tribunal Superior de Justicia.4

La circular OAJPJCDMX-49/2026 informa la aprobación del Manual de Organización y de Procedimientos Tipo de las Unidades de Gestión Judicial de Tribunal de Enjuiciamiento Tipo Uno y Tipo Dos. Los textos consultados no indican cuándo entran en operación ni su efecto específico sobre casos en trámite.

La vigilancia de la CNDH

La CNDH mantiene en su portal un archivo de pronunciamientos sobre el tema. Entre ellos, la Recomendación 39/2023 dirigida a la Fiscalía General de Justicia del Estado de México por la detención arbitraria de una persona y la violación de su debido proceso.5

El mismo archivo registra la comprobación de omisiones de seis personas servidoras públicas del Instituto Nacional de Migración en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, que alojaron a dos personas durante 35 días. Son pronunciamientos de años anteriores; las recomendaciones de la CNDH no son sentencias y no determinan responsabilidad penal.

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Ilustración generada con IA

Lo que la Suprema Corte tiene en agenda

La lista oficial de la sesión pública del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación del miércoles 7 de octubre de 2026 incluyó una solicitud de facultad de atracción formulada por el Ministro Presidente Hugo Aguilar Ortiz para conocer el amparo en revisión 148/2026.6

La lista incluye además varios amparos en revisión en materia administrativa. El documento enlista asuntos y ponencias; no contiene el sentido de las resoluciones, por lo que no permite concluir cómo se resolvió ninguno ni si tocan el debido proceso.

Lo que hay que saber

  • Base constitucional

    Artículos 14, 16 y 20 apartado B de la Constitución, además del Código Nacional de Procedimientos Penales.

  • Capacitación reciente

    La FGE de Michoacán impartió el 19 de septiembre de 2026 una sesión sobre nulidad probatoria y detención arbitraria.

  • Normas judiciales

    El 13 de octubre de 2026 el PJCDMX publicó un reglamento pericial y un manual para unidades de gestión de tribunales de enjuiciamiento.

  • Alcance de la CNDH

    Sus recomendaciones señalan violaciones a derechos humanos, pero no son resoluciones judiciales.

Límites de la información y qué sigue

Los documentos revisados describen marcos normativos, capacitaciones y agendas; ninguno reporta un caso concreto resuelto en octubre de 2026 por violación al debido proceso. Cualquier persona que enfrente un proceso penal puede acudir a su defensa o a la comisión de derechos humanos que corresponda.

Será útil dar seguimiento a la publicación de las resoluciones de la Suprema Corte, al contenido operativo de los manuales del PJCDMX y a nuevas recomendaciones de la CNDH, que son los documentos públicos donde se podrá verificar cómo se aplica la garantía.

Preguntas frecuentes

¿Qué es el debido proceso en México?

Es el conjunto de condiciones y requisitos jurídicos y procesales necesarios para afectar legalmente los derechos de una persona. Se fundamenta en el artículo 14 constitucional, entre otros.

¿En qué artículos de la Constitución se encuentra el debido proceso?

Se reconoce en los artículos 14, 16 y 20 apartado B de la Constitución Federal, además del Código Nacional de Procedimientos Penales y el artículo 8.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

¿Qué es la nulidad probatoria?

Es la consecuencia de que una prueba se haya obtenido sin respetar las reglas; en ese caso no puede utilizarse en el proceso. Fue uno de los temas de la capacitación de la Fiscalía de Michoacán en septiembre de 2026.

¿Una recomendación de la CNDH equivale a una sentencia?

No. La CNDH emite recomendaciones a autoridades cuando comprueba violaciones a derechos humanos, pero no dicta sentencias ni determina responsabilidad penal.

Fuentes

  1. Scripta, Universidad Panamericana
  2. Foro Jurídico
  3. IMNMéxico
  4. Poder Judicial de la Ciudad de México
  5. Comisión Nacional de los Derechos Humanos
  6. Suprema Corte de Justicia de la Nación

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